Antes de empezar, vamos a hacer un breve review sobre nuestras clases de psicología en nuestros primeros años de la universidad. Recuerdo haber llevado el curso de psicología martes y jueves a las siete y media de la mañana. “Hoy hablaremos sobre el condicionamiento operante y cómo tantas veces hemos sido víctimas (o victimarios) de este modelo”, dijo Ángela (profesora)-. “El condicionamiento operante es un modelo creado por B.F Skinner para estudiar el comportamiento del individuo a través de reforzamientos y castigos: si deseas que un comportamiento se repita, aplicas los refuerzos; para lo opuesto, los castigos”. Mientras tanto, yo estaba en mi mente haciéndome una imagen de cómo el Estado te va guiando de manera preconcebida hacia lo que resulta ser lo que no quieres, al menos conscientemente, pero que en cierta forma es bueno para la sociedad. No nos equivoquemos, no estoy tratando de decir que el Estado es el malo del juego, ni que lo que realmente queremos siempre es lo mejor para todos.
Pero volviendo al tema, seguro se preguntan cómo es que esta teoría del condicionamiento operante, que parece jalada de los pelos, puede tener alguna implicancia en temas tributarios. Los invito a hacer un análisis juntos del siguiente ejemplo: uno de los últimos y ya voceados cambios en el impuesto a la renta peruana es el esperado 15% de deducción al IR que ha entrado en vigencia desde el pasado 1 de enero del 2019. La propuesta consiste en permitir la deducción de 15% de todos los consumos realizados por trabajadores dependientes e independientes por los conceptos de consumo en bares, hoteles y restaurantes; pero ojo y mucha atención: estos consumos solo serán aplicados si el cliente pide boleta electrónica (y digo pide porque muchos establecimientos no te dan ni un comprobante básico). Como ya podemos ir intuyendo, acá es donde entra a tallar el gran F.B Skinner con su condicionamiento operante.
Vamos con el análisis. El Estado, en su función de recaudador de impuestos, se enfrenta a la informalidad en una gran porción del mercado. ¿Cómo formalizar a los trabajadores informales? es la obvia pregunta. Desde la perspectiva del condicionamiento operante, debemos darles una recompensa a los consumidores por sus compras evidenciadas en boletas o facturas electrónicas. Acá vemos la perfecta forma de recompensa positiva, tan simple como un “te doy lo que deseas para que sigas efectuando el comportamiento que yo deseo”- ,Suena algo thriller, pero seguiremos dándole el beneficio de la duda al Estado y veremos hasta dónde nos lleva. Por otro lado, tenemos a los esquivos de la ley, los “desertores”. La pregunta que aparece es ¿y qué hacemos con ellos? Pues aplicar métodos del castigo; lo que ha venido realizando la SUNAT durante varios años es el castigo positivo a través de cierres temporales, multas, sanciones y otros. Al ver que esto no dio los resultados esperados, cambiaron su método y utilizaron al usuario como puente para formalizar los negocios a través del castigo negativo. Cuando el cliente ve que el establecimiento no emite comprobantes electrónicos, simplemente dice “thank you, next”. a lo Ariana Grande. Esto parece algo gracioso, pero si el comportamiento de los clientes fuera tal cual la frase, el impacto se reflejaría en una gran caída en las ventas para los que no emitan comprobantes electrónicos.
Así evidenciamos, en la práctica, uno de los tantos enfoques que explica el porqué del comportamiento humano; sin embargo, toda ciencia y materia tiene sus trucos que solo los más inmersos pueden manejar. Tras años de estudio, se pudo concluir que si lo que la persona busca es aumentar o eliminar un comportamiento, lo que se debe usar es refuerzos o castigos positivos. Por tanto, la pregunta que finalmente tenemos y quisiéramos dejar a la reflexión personal es ¿por qué la SUNAT sigue sin conseguir formalizar a los negocios, si ya aplicó castigos tanto positivos como negativos?
Solo como dato importante: si tú, amigo practicante, te sigues preguntando cuándo te van a llegar las devoluciones de tu IR porque ya estas cansado de pedir boleta electrónica, lamento decirte que no habrá ninguna devolución (toras mis boletas por nara).La subvención económica mensual del practicante no tiene carácter remunerativo y no está afecta al pago del impuesto a la renta (IR), otros impuestos, contribuciones ni aportaciones de ningún tipo a cargo de la empresa. En otras palabras, si no tributas, no hay deducción, y si no hay deducción, no hay devolución.
Por otro lado, si eres trabajador dependiente o independiente, percibes rentas de trabajo de cuarta o quinta categoría y tus consumos en bares, restaurantes o hoteles están sustentados en boletas de venta electrónica, prepárate, ya que a partir del 13 de abril, la SUNAT estará realizando las devoluciones del IR.