Desde hace un tiempo, mi fanatismo por el maquillaje ha ido en crecimiento vertiginoso. Recuerdo la primera vez que me animé a pedir por internet desde una página de Estados Unidos. Yo bien emocionada pedí como 7 productos, pensé que no iba a pasar a nada, porque qué iba a imaginar que estaba regulado amo su inocencia, amo sus errores. Es así que, en medio de mis nervios, me puse a investigar y me encontré con algo sin precedentes en mis cortos 20 años… LOS COSMÉTICOS SON PRODUCTOS RESTRINGIDOS. (EXCUSE ME WTF?)

Ya no sabía qué hacer, tenía miedo de que SUNAT retuviera mi paquete y lo regresara a su país de origen, pero por suerte no salió elegido para ser revisado. Utilizo esta anécdota para explicar  la regulación de los productos prohibidos y restringidos, cuyos alcances van desde una infracción administrativa hasta un delito aduanero.

Para contextualizar, por cuestiones de legalidad hay productos prohibidos y restringidos por mandato legal, ya sea por razones de seguridad nacional, salud, orden público y buenas costumbres. En particular, las mercancías del tipo cosmético están restringidas debido a que el Ministerio de Salud considera, y creo que ustedes también, que el maquillaje puede contener insumos dañinos para el contacto directo a la piel si su fabricación no está regulado diligentemente. Por ende, desde hace un par de años, la Dirección General de Medicamentos, Insumos, y Drogas dispuso la importación para uso personal (ojo) de 4 productos, solo 3 veces al año.

Importa fácil es una plataforma de la SUNAT, en la cual encontrarás información de bastante utilidad referente a las importaciones, incluso puede consultar tus dudas. Aquí se muestra el proceso de importación.

A partir de eso surge una duda, ¿Qué pasa con las personas que no saben de esta disposición? o ¿Los que se hacen los desentendidos? Porque seamos sinceros, no hay una publicidad amplia de este tipo de disposiciones… he aquí las posibles respuestas;

Dos escenarios:

  1. Razonable: Si  excedes el máximo de productos , pero la operación/compra supera los $200, solo contará como infracción normativa, es decir, solo te dirán que escojas 4 productos y lo demás será regresado a su país de origen (claro eso dicen) [adjuntar foto]
  2. Exagerado: Aquí ya te hiciste la sueca y decidiste importar para “consumo personal” cuando en realidad, querías hacer tu mini negocio vendiendo maquillaje importado pillin, puesto que superaste los (4) UIT y no seguiste el procedimiento debido para que tu mercancía pueda entrar lícitamente al país. La situación sería peor si actuaste con dolo, ya que estarías encajando dentro del marco del delito de tráfico de mercancías restringidas y prohibidas de la ley Nº28008- Ley de delitos aduaneros:

Artículo 8°.- Tráfico de mercancías prohibidas o restringidas

El que utilizando cualquier medio o artificio o infringiendo normas específicas introduzca o extraiga del país mercancías por cuantía superior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias cuya importación o exportación está prohibida o restringida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años y con setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días-multa.

Pues, como podrás apreciar la situación no es para tomárselo a la ligera, imaginemos que no sabías nada de esto, pero igual importaste una cuantía superior a (4) UIT, no puedes alegar desconocimiento porque por el principio de publicidad, toda norma es conocida si fue publicada en el Diario El Peruano. Es por ello, la finalidad de este artículo es informarte que importar mercancía puede ser emocionante desde un inicio, pero si no eres diligente puedes caer en problemas desde administrativos hasta penales.

Ahora bien, quiero hacer algunas observaciones respecto a la importación de cosméticos para consumo personal, aún seguimos encontrando vacíos, o sea entiendo que toda norma no abarca todos los supuestos, pero todavía falta mucho por mejorar, ya que la entidad encargada (SUNAT) interpreta la disposición de DIGEMID de acuerdo a los casos concretos que va experimentando. En tal sentido, considero que se deberían pronunciar para establecer algunos lineamientos a raíz de todos los casos ocurridos, supuestos para que el público pueda tener una idea más aterrizada de dicha disposición.


EDICIÓN: Raisa Escudero