Keiko fuera de cana, tal parece. Según los rumores, Keiko podría salir en libertad en los próximos días. Su abogada aseguró, cuando presentó el recurso de casación (?), que la lidereza saldría de cana luego que la Corte Suprema revise su pedido. La certeza es que su última carta contra la prisión preventiva es esta. Pero ¿qué es una casación y cuándo se usa? ¿cuál es el status de Keiko y qué podría ocurrir estas semanas?
Antes de que celebres (o muerdas polvo) por la posible liberación de Keiko, tienes que entender algo: ella está en la cárcel luego de que el Juez dicte prisión preventiva, no porque haya emitido una sentencia. La diferencia es fácil de distinguir: la primera se da al interior de un proceso y, como hemos visto, requiere que el Fiscal justifique los motivos de su solicitud ante el Juez; la segunda se presenta como resolución que pone fin a un proceso, a manera de “punto final” de la oración. Para ser más claros, el proceso penal contra la lideresa naranja (y todo su séquito) sigue en marcha; aunque salga en libertad mañana mismo, seguiría bajo investigación #CSI #LawAndOrder.
La prisión preventiva es una de las famosas modas caneras medidas de coerción procesal #EnEspañolPorfa. Existe una serie de medidas que pueden dictarse ante el riesgo elevado de que un proceso penal se vea interrumpido y hasta frustrado. La formación legal y el criterio jurídico de los jueces es lo que falta en Perulandia clave para evitar caer en abusos. El objetivo de ellas no es dar cheque en blanco a los magistrados, sino asegurar el cumplimiento de la sentencia y que haga justicia #JusticeForAll. Los requisitos para la prisión preventiva son 1) peligro de fuga y 2) obstaculización del proceso, además de que haya razones suficientes que acrediten la grave sospecha de que el investigado ha cometido el delito.
¿Y qué motivos tuvo el Juez canero Concepción Carhuancho? Primero, dejó claro que al interior de Fuerza Popular hay una organización criminal, diferenciando entre el partido mismo y el grupo mafioso. Para él, el hecho de que Keiko esté en la cúpula del partido y en base a declaraciones de testigos, son suficientes para que haya grave sospecha de que haya cometido un delito. Además, para él el peligro de fuga no queda descartado con su arraigo laboral porque aun habiéndolo, otros acusados de igual condición han huido. Y con relación a obstaculizar el proceso, estima que Keiko no solo conocía los actos de búsqueda de falsos aportantes, sino que también habría dado la orden para que estos se realicen, facilitando y entregando el dinero, a través de un intermediario, a Rolando Reátegui.
Luego de celebrar como en año nuevo que la manden a cana, su abogada presentó un recurso de casación. Este consiste en exigirle a la Corte Suprema (Sala Penal Permanente) que corrija la metida de pata examine la forma en que los jueces de menor instancia (Concepción Carhuancho y la Sala que rechazó apelación) han aplicado o interpretado normas legales, cómo han argumentado sus decisiones y si han seguido correctamente precedentes obligatorios. La señora K busca con esto dejar sin efecto la orden de prisión preventiva que pesa en su contra y salir antes que acaben los 36 meses.
Se esperaba que la Sala entera (5 jueces) declare fundado o infundado el recurso, y que salga o no de la cárcel. Pero el plot twist está en que no se alcanzó 4 votos, sino 3-2. El grupo en mayoría votó por reducir el plazo a 18 meses (fundada en parte) y los otros dos votaron por que siga en prisión el resto de tiempo previsto (infundada). Por eso se llama a un Señor Juez Supremo Dirimente. Aunque algunos dicen que en caso se vaya por el lado de los dos será necesario convocar a otro dirimente, puede no ser tan acertado. Esto se explica por el hecho que no sería realmente dirimente si su voto no definiera el resultado; dirime porque pone fin a una situación de discordia.
La jueza Susana Castañeda es la convocada para dirimir este asunto. Podría ocurrir que se incline por la mayoría y Keiko finalmente vea reducida su presidencia en el pabellón de Santa Mónica. O también, podría pasar lo que ya mencionamos, y se tendría que convocar a un juez más; este mismo tendría la última palabra para el 4-3. Asunto aparte es si la todo poderosa Señora Doctora Jueza Suprema emite un voto en un sentido distinto al de los ya formados, como por ejemplo “fundada” la casación (libertad). Lo seguro es que pensando con detenimiento las cosas, esto no parece tener un final tan cercano. Con un poco de suerte hasta extraditen antes al sano y sagrado.