En las últimas semanas, hemos presenciado tremendos destapes de infidelidad y ampays que han dado la vuelta al mundo.
Hasta hace poco, amanecíamos con una nueva captura de pantalla circulando por las redes sociales, en donde se ponía en evidencia conversaciones que denotaban la existencia de algo más que una simple amistad entre el futbolista, Mauro Icardi, y la actriz argentina, la China Suárez. Unos días después, nuestra farándula peruana nos demostró que nunca se queda atrás y se destapó una bomba auspiciada nada más y nada menos que por Magaly Medina. En esta, se hicieron públicas unas imágenes en las cuales se mostraba a Melissa Paredes en una actitud bastante cariñosa con su bailarín, conocido como el Activador.
Ahora, sobrin@, no me podrás negar que tanto tú como yo estuvimos toda la semana pegados a nuestro televisor esperando las declaraciones de los implicados en este famoso ampay, así como también, hace poco, estuvimos al pendiente de las redes sociales de los involucrados en el caso de Mauro Icardi y la China Suárez. Sin embargo, con todo esto, ¿a qué conclusión llegamos? Que tanto el chisme como el fútbol mueven a las masas. Pero, tranquilo, sobrin@, en esta columna, no nos dedicaremos a hacer juicios de valor ni muchos menos a dar clases de moral y ética. Por el contrario, aclararemos un par de conceptos que han estado dando vuelta por todos los programas enfocados en Chollywood.
Por ahí, hemos escuchado a uno que otro presentador decir que el Gato Cuba debería solicitar el divorcio a Melissa Paredes e invocar la causal de adulterio. Otros afirmaban que tendría que aducir la causal de conducta deshonrosa. Asimismo, Melissa Paredes afirmó que no podía salir del departamento que compartía con el Gato Cuba, ya que este último podría alegar abandono de hogar. Estos son muchos conceptos y existe muy poco contexto, ¿verdad? Hasta yo me perdí. Pero take it easy, aquí los explicamos sencillito nomás porque urrac@ informado, vale por dos.
Nos vamos a centrar en el ampay. Según lo mostrado, Melissa Paredes y el Gato Cuba estaban casados civilmente desde el 2016. Entonces, ¿corresponde que se solicite el divorcio? Sí, es correcto. Tengamos en cuenta que el divorcio consiste en la disolución definitiva del vínculo matrimonial declarada judicialmente al haberse incurrido en alguna de las causales previstas por la ley. Con ello, se pone fin a los deberes conyugales y a la sociedad de gananciales, si es que los cónyuges optaron por dicho régimen patrimonial.
Ahora, sobrin@, es importante que sepas que existe la posibilidad de lo siguiente. Por un lado, el Gato Cuba podría solicitar el divorcio por causal en caso se configure alguna de las establecidas en el artículo 333º del Código Civil de las cuales hablaremos más adelante. Por otro lado, tanto Melissa Paredes como el Gato Cuba podrían conversar y acceder al divorcio por mutuo acuerdo. Esto es la figura de separación convencional y divorcio ulterior.
Volviendo a las causales de divorcio de las cuales tanto se han hablado, detengámonos, primero, en el adulterio. Te preguntarás, ¿cómo se constituye esta? Pues, esta causal se configura por el acceso carnal con una persona diferente al cónyuge, infringiendo el deber de fidelidad que ellos se deben. ¿Estamos claros hasta ahí? Ahora, se viene la parte más complicada: la probanza. El divorcio por la causal de adulterio procede cuando uno de los cónyuges tiene relaciones sexuales con un tercero, requiriéndose que se acredite la existencia de cópula sexual.
Conjuntamente, otra de las causales que se invocó fue la del abandono injustificado del hogar conyugal. Pero ¿el hecho de que Melissa se vaya del departamento que compartía con el Gato Cuba genera que este último pueda alegar automáticamente dicha causal? Esto no es correcto. Para que se pueda recurrir a esta, deben presentarse una serie de elementos. Así, la causal de abandono injustificado de la casa conyugal supone para su configuración la concurrencia de tres elementos. Sobrin@, toma nota. Primero, existe un carácter material, que está constituido por el apartamiento físico del cónyuge abandonante del domicilio común. Segundo, se encuentra la intención deliberada de poner fin a la comunidad de vida matrimonial, por lo que corresponderá al cónyuge emplazado acreditar los motivos que justifiquen su apartamiento. Tercero, está el carácter temporal dado por el transcurso de dos años continuos de abandono o sumados los periodos de abandono estos excedan dicho plazo.
Finalmente, se hablo de la causal de conducta deshonrosa. Pero ¿qué quiere decir esto? Pues, esta se produce por la realización de hechos carentes de honestidad y actitudes impropias o escandalosas, que atentan contra el respeto entre el marido y la mujer. Ello altera la integridad y la dignidad de la familia dentro de una práctica habitual, generando una afrenta permanente por parte de uno de los cónyuges, que hace intolerable continuar la vida en común.
Entonces, ¿resultará aplicable? Lo único cierto es que los trapitos sucios se lavan en casa. En efecto, el día jueves 26 de octubre, Melissa Paredes publicó un comunicado a la opinión pública en el cual señaló que se estaría tramitando el divorcio entre ella y el Gato Cuba. Pero, ¿cómo acabará la historia? No lo sabemos. Lo único que puedo decir, sobrin@, es que se porte bien y acuérdese que, en el amor, no vale el “¡Ampay!, me salvo”.
Edición: Claudia Barraza