El pasado viernes 20 de mayo, la congresista Cheryl Trigozo Reátegui del partido político Alianza para el Progreso (APP) publicó el Proyecto de Ley Nº 2075/2021-CR, en el que se propone modificar la Ley Nº 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar” y el Decreto Legislativo Nº 1318, el cual regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú (PNP), para implementar la correcta recepción y trámite de denuncias de personas con discapacidad mediante la participación de un intérprete de lenguaje de señas peruanas.
Los cambios que se realizarían en la Ley Nº 30364 consisten en que se le exija a la PNP su completa coordinación con el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (Aurora) junto con la Dirección de Promoción y Desarrollo Social, el cual se encarga de la protección y asistencia de la Persona con Discapacidad Articulado el cual es parte del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
Ello, con el propósito de proveer intérpretes en lenguaje de señas de manera eficaz e inmediata para los casos de personas discapacitadas que denuncian cualquier tipo de vulneración a sus derechos.
Entonces, en cristiano, ¿qué significa esto? Esto quiere decir que la PNP tendrá el deber de contactarse con las entidades mencionadas para facilitar el acceso de intérpretes en lengua de señas a las personas con discapacidad auditiva, física de cuerda vocal, entre otras, que denuncian haber sufrido transgresión de sus derechos.
Pero esto no es todo, hay más. Esta iniciativa propone modificar el Decreto Legislativo N° 1318, de tal forma que se incorpore la reformación del plan curricular de La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial. Este plan deberá tener implementada la enseñanza del lenguaje de señas peruanas para la adecuada atención de las personas con discapacidad (PCD). Esto significa que el lenguaje de señas será una asignatura dentro del plan curricular para la formación profesional de los policías. Increíble, ¿no?
¿Por qué es necesario implementar la lengua de señas en los futuros agentes policiales?
Este tiene un propósito sumamente importante. En una nota de prensa del año 2013, el INEI mencionó que 532 mil peruanos presentaban limitaciones de forma permanente para oír. Asimismo, según el Censo Nacional de Población, realizado por el INEI en el año 2017 en el Perú, existen 232,176 personas que cuentan con problemas para oír (discapacidad auditiva), el cual, en términos de porcentaje, representa el 7.6% de personas con discapacidad.
Por otro lado, según la actualización del INEI en el 2020, se demostró que de la población total de peruanos (32, 635, 948), el 10.3% (3, 351,919) forma parte de la población que tiene alguna discapacidad. Si bien las cifras no superan ni la cuarta parte de la población, esto no quiere decir que no se le pueda proveer una mayor atención a la población minoritaria y vulnerable de nuestro país.
Tampoco se descartan las denuncias del mes de enero de 2022 de personas con discapacidad auditiva, las cuales presentaron sus denuncias ante la comisaría por violencia familiar, entre otros casos. Según mencionaron los Centros de Emergencia Mujer (CEM) han atendido 169 casos de personas discapacitadas con problemas relacionados a los mencionados.
Además de la data cuantitativa mostrada, sobresalieron dos casos de los muchos, en los que los agentes policiales actuaron de manera deficiente, al no comprender a las personas denunciantes, las cuales eran discapacitadas.
El primer caso se presentó en la ciudad Tarapoto, donde la víctima, una persona de 32 años con discapacidad auditiva, fue agredida; pese a ello, la comisaría de Familia de Tarapoto hizo caso omiso al trámite de su caso. Lo único que optaron por realizar los efectivos policiales fue elaborar un Parte Policial, donde se expresaba la ausencia de un intérprete de lengua de señas para poder socorrer a la víctima. Debido a esta complicación, hubo demoras para que el caso sea atendido por el Poder Judicial, lo cual pone en riesgo la vida de la víctima, por su condición de vulnerabilidad. ¿Cada vez más vulnerables?
El segundo caso ocurre en Tacna, donde la Comisaría PNP Gonzales Vigil, invocó a declarar a una ciudadana con discapacidad auditiva, siempre y cuando venga acompañada de un intérprete. Sin embargo, esta responsabilidad tiene que ser asumida por la misma entidad (que representa al Estado) y no por cuenta de la persona.
Por todo lo mencionado, la iniciativa del Proyecto de Ley tiene como propósito que la lengua de señas sirva de herramienta en la formación profesional de los efectivos policiales, para que así, pueda ser utilizada, de manera efectiva, en los casos donde se presenten personas con discapacidad de diferentes tipos que sufren de violencia familiar, entre otros.
No podemos olvidar que el Estado Peruano ratificó el Tratado de Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad (CDPD) en el año 2008, donde se establece que la Defensoría del Pueblo tiene que promover, proteger y supervisar que se respete dicho tratado.
Un plus a esto es que esta iniciativa legislativa no irroga gastos extras al Estado peruano, es decir, no ocasiona gastos adicionales al tesoro público.
Y tú, ¿qué opinas sobre este Proyecto de Ley?
Edición: Camilla Chirinos