¿Existen aspectos legales que se pueden dilucidar de la crisis en los bosques del Perú? Por supuesto, existen conceptos legales que deben tomarse en cuenta. Te lo explicamos a continuación…
Para dar un contexto, de acuerdo con el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), se registraron 361 incendios en un total de 22 regiones del país, los cuales también produjeron el fallecimiento de personas. Sin embargo, aunque las cifras son completamente alarmantes, no debemos analizar la crisis solo desde la óptica del presente, ya que es evidente que se generarán problemas tanto sociales, económicos y ambientales a largo plazo.
¿Cuál sería la razón de los incendios?
En palabras del Ministerio del Ambiente (MINAM), “el 98% de los incendios forestales en nuestro país son causados por la acción del hombre. La razón se encontraría en la tala y quema de bosques realizadas de manera ilegal con el objetivo de expandir las áreas de cultivos. En otras palabras, muchas personas aprovechan la oportunidad de quemar los terrenos después de que los árboles caídos y restos de pastizales ya se hayan secado. En ese sentido, estas acciones realizadas sin las precauciones necesarias, termina ocasionando incendios forestales que, no solo provocan la pérdida de flora y fauna, sino también de vidas humanas y sus propiedades.
Fuente: Infobae
Habiéndose explicado el contexto de la crisis y sus principales causas, con justa razón nos podemos preguntar ¿qué hizo el gobierno al respecto? En este contexto, cabe destacar que la reacción del gobierno fue, por no decir completamente, un poco tardía. Básicamente, lo que ha tratado de hacer es mitigar la crisis a través de la extinción de los incendios empleando unidades aéreas y terrestres. De igual manera, brindaron ayuda humanitaria como productos básicos para la supervivencia de las personas que resultaron afectadas por esta situación.
Sin embargo, las medidas tomadas con la ayuda de las Fuerzas Armadas (FFAA), Policía Nacional del Perú (PNP), los bomberos y algunas organizaciones, resultan ser insuficientes. Esto se debe a que solo se enfocan en realizar tales acciones en determinadas regiones, como Amazonas, sin tomar en cuenta a las zonas más alejadas de la capital, como vendría a ser determinados lugares de la sierra peruana. Asimismo, cabe señalar que las reacciones de un determinado número de altos funcionarios del Estado han sido en cierta medida escépticas, dado que han minimizado la situación que atraviesan diversas regiones de nuestro país actualmente.
Fuente: ANP
Frente a esta situación, ¿qué acción adicional debió tomar el gobierno? Primero, debieron declarar el Estado de Emergencia, el cual sirve para tomar medidas inmediatas ante una situación catastrófica o grave que pone en riesgo la vida de las personas conforme al artículo 137° de la Constitución Política del Perú. De esta manera, se buscaría contener y contrarrestar los daños y pérdidas generados, además de implementar políticas y programas de atención orientadas a prevenir y reducir la situación de riesgo.
En este caso, el gobierno no declaró el Estado de Emergencia hasta el 18 de septiembre cuando los incendios forestales ya se habían expandido rápidamente dentro de las regiones, es decir, reaccionaron más de un mes después de ocurrida la crisis, -increíble, pero cierto-. Lo anterior, nos permite concluir que este gobierno ha restado importancia a la necesidad y urgencia requerida por la población afectada. Esto puede visualizarse mediante el Decreto Supremo Nº 097-2024-PCM que declaró en emergencia a Amazonas, Ucayali y San Martín por el período de sesenta días, puesto que, en ese entonces, se consideró que eran las regiones más afectadas por esta situación. De igual manera, recientemente, el 25 de septiembre se declaró en Estado de Emergencia a las regiones de Cajamarca, Huánuco y Lambayeque mediante el Decreto Supremo Nº 099-2024-PCM.
Entrando a una cuestión de fondo sobre la normativa forestal, se debe recordar que, hace menos de un año se realizó una modificación de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre la cual fue aprobada mediante la Ley N° 31973, en la que se otorgó una mayor libertad al aprovechamiento de las tierras forestales, lo cual ha sido una de las razones por las que actualmente el Perú se enfrenta a este problema; puesto que, favorece la existencia de prácticas humanas sobre la tierra forestal.
Fuente: Infobae
Sin perjuicio de lo anterior, aun si la antes mencionada ley pueda generar una sensación de libertad para aprovechar las tierras forestales, se debe recordar la vigencia de la norma del Código Penal correspondiente a los “delitos contra los bosques o formaciones boscosas”. Por lo tanto, no sería una sorpresa que, posteriormente, se inicien procesos de investigación con respecto a en quién o quiénes recae la responsabilidad de todo lo que se está suscitando en los bosques del Perú.
Tenga o no una visión a favor o en contra del gobierno -alucinantemente podría haber un visionario que considere que todo está bien-, como sociedad debemos preguntarnos si es correcto que se pueda explotar sin control -o “mínimo control”- las tierras forestales (esto es: tala desmedida, aprovechamiento de recursos minerales e industriales sin regulación, etc.). Desde esta tribuna, se considera que se debe encontrar un balance entre el aumento de ciertos productos que se ven beneficiados por la tierra forestal (la agricultura, por ejemplo) con el enfoque de que estos deben ser sostenibles para la preservación del ambiente.
¿Y tú querido lector, qué opinas al respecto?
Edición: Mayra Tolentino