Los debates que incluyen temas como la vida per se, la dignidad de la persona y la calidad de vida generan numerosas posturas y opiniones. En los últimos días, un debate como el mencionado tuvo lugar en España. La decisión que tomarían los parlamentarios era la de iniciar los trámites para aprobar una ley que despenalice la eutanasia. Incitado por los múltiples casos, el debate ha sido acalorado desde posturas radicales que no la permitirían en ningún contexto hasta aquellas que defienden la decisión de cada persona. A pesar de la burbuja gigantesca que crea este tipo temas, en este artículo se tratará de explicar de la manera más simple y objetiva lo que está en juego al aprobar una ley de este tipo.
Para empezar, definir qué es la eutanasia sería un buen primer paso. El origen de la palabra procede del griego y se traduce como “buena muerte”. En la práctica, un profesional sanitario provoca la muerte de una persona que ha pedido ayuda para morir. Usualmente se suele confundir la eutanasia con el suicidio asistido, pero en este último es la persona que desea morir la que ejecuta todos los actos y la tarea de los médicos es suministrar el medicamento letal o la receta. Otra definición que nos será muy útil es la de la muerte digna que consiste en el otorgamiento de medidas paliativas para evitar el sufrimiento o hacerlo tolerable, sin el acortamiento de la vida.
La razón del debate es una confrontación entre quienes argumentan que la vida es un derecho inquebrantable que ni la persona que la posee puede decidir sobre ella y que el Estado no debería dar facilidades para que se transgreda; y por otro lado, están aquellos para quienes es primordial la decisión de una persona, el derecho a elegir cómo quieren morir sin que la vida misma se convierta en una obligación. Otro de los principales puntos de confrontación es el hecho de que un médico sea quien la realice, pues históricamente todos los médicos se rigen por el Código de Deontología Médica y en este se menciona explícitamente que no se participará en este tipo de actos pues no pertenecen a la razón de ser del médico.
Actualmente, en España una persona que haya realizado la práctica de la eutanasia o del suicidio asistido es castigado con la pena de prisión de hasta diez años, aunque el paciente sea quien lo pide explícitamente y haya documentos probatorios. Bajo esta realidad lo que la ley intenta promover es la despenalización de estos actos cuando el paciente sea quien lo pida directamente, y otros requerimientos que se sabrán cuando la ley sea aprobada y aplicable.
Con la aprobación de esta ley, España sería el cuarto país europeo en introducir esta realidad en su ordenamiento jurídico. Holanda, Bélgica y Luxemburgo son los países en los cuales es legal la eutanasia. En estos países han delimitado los requerimientos y se exige que los pacientes estén conscientes de la decisión y la hayan reflexionado el tiempo necesario, por lo que tienen que entregar dos solicitudes en distintas fechas. Algunos pacientes que padecen enfermedades degenerativas tratan de adelantar y hacer la documentación lo más pronto posible pues temen perder la conciencia. Esto ha generado un sinfín de críticas a la forma en como se ha aprobado la ley en estos países.
Tal parece que la aprobación de una ley que despenalice la eutanasia es inminente y, tomando como ejemplo los países que ya aplican la ley, el país ibérico debería tomar mejores decisiones en cuantos a los requerimientos. Sin lugar a duda todo el proceso que necesita una ley como tal tendrá una innumerable cantidad de detractores. Aunque la intensión de estos es que no se apruebe de ninguna forma, ellos también ayudarán a visibilizar las múltiples consecuencias que tiene una ley de este tipo, y así se podrá actuar tomando en cuenta la mayor cantidad de situaciones posibles.
Edición: María Gracia García