La semana pasada se aprobó por fin la eliminación de la inmunidad parlamentaria con 103 votos a favor, 14 en contra y una abstención. Es importante recordar que es la segunda votación para poder implementar esta medida, ya que, siendo una reforma que modifica el artículo 93 de la Constitución peruana, requería ser aprobada en dos periodos distintos de sesiones del Legislativo. La primera votación se dio el pasado 10 de diciembre.
La eliminación de la inmunidad significa un importante avance para la lucha contra el problema de corrupción que ahoga al país. Por tal motivo, no resulta extraño que entre los catorce votos en contra de la eliminación de la inmunidad parlamentaria, once fueran del partido fujimorista Fuerza Popular, partido investigado por presunto lavado de dinero.
Sin embargo, pese que ya se ha realizado la publicación en el diario El Peruano, aún el Congreso deberá proponer reformas en su reglamento para que se pueda hacer efectivo el cumplimiento de la nueva ley. Según el congresista Luis Valdez, quien preside la Comisión de Constitución, señala que hay una necesidad inmediata de modificar el Reglamento del Congreso para eliminar el procedimiento que había para el levantamiento de la inmunidad parlamentaria.Con ello, se estaría eliminando la Comisión Especial de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, porque no tendría ningún sentido que exista un grupo de trabajo dentro del marco regulatorio.
A pesar de que la modificación de la ley ya ha sido publicada el día 6 de febrero, aún ha habido cierta reticencia por parte de la población, quienes creen que los congresistas pueden buscar la manera de “sacarle la vuelta a la ley” como siempre o indican que aún quedan puntos que no están tan claros. Es por esto que ,rápidamente, han salido a declarar que presentarán un texto este martes 9 donde se dará a conocer las reformas que se van a aplicar en el reglamento del Congreso.
Cabe mencionar que la norma entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, es decir a partir del Domingo 7 de febrero.
¿Qué representa esto para el próximo Congreso?
Este cambio en la Constitución, nos indica que ahora La Corte Suprema de Justicia será la entidad competente para procesar a los congresistas imputados por la comisión de delitos comunes durante el ejercicio de su mandato.
Sin embargo, debemos notar que existe una diferencia entre lo que nos dice la ley y la implementación de la misma por parte del congreso.
Actualmente, el artículo 93, menciona que no existe inmunidad parlamentaria en el caso de delitos comunes. Por lo que, como bien señalan algunos especialistas, si bien se elimina inmunidad parlamentaria respecto de delitos comunes, para los delitos de función aún se mantendría el antejuicio,lo que bien puede seguir siendo un mecanismo de impunidad.
El antejuicio no es más que el derecho a no ser procesado penalmente ni detenido sin previa acusación constitucional y juicio ante el Congreso de la República. Este se da en delitos que sólo pueden cometer los funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones como, por ejemplo, recibir sobornos.
Por esta razón, resultará fundamental revisar cuales son las reformas planteadas en el reglamento del Congreso, para saber si efectivamente la ley cumplirá su cometido de luchar contra la corrupción o buscarán la forma de blindarse a través de su reglamento.
¿Y qué pasaría con los políticos que actualmente están en carrera al Congreso y Parlamento Andino?
Pues, dado que ya está vigente, la ley también los afecta a ellos y en caso tengan procesos de investigación, éstos tendrán que seguir su curso con regularidad.
De ahora en adelante, ya no se necesita que el Congreso autorice previamente su detención, los congresistas elegidos podrían ser procesados y arrestados, de comprobarse un delito. Eso sí, para el caso de la inhabilitación del Congresista, esta recién se realizará una vez que el juez emita una sentencia.
Lo mismo ocurre con los Congresistas que cuentan con denuncias previas al momento de su postulación.
Esto podría ocurrir, por ejemplo, en el caso del ex presidente Martin Vizcarra, que actualmente se encuentra investigado por actos de presunta corrupción de funcionarios en el caso Obrainsa, el caso del Hospital Regional de Moquegua, y de los contratos presuntamente irregulares de Richard Cisneros en el Ministerio de Cultura entre el 2018 y 2020.
O; también, el caso de José Luna Gálvez, aspirante al Congreso por Lima con el partido Podemos Perú, investigado por presuntamente ser el encargado de la financiación de la actividad ilícita de “Los Gángsteres de la Política”.Además, de ser acusado por presuntamente influir en la elección del exjefe de la ONPE, Adolfo Castillo Meza, (febrero 2017-enero 2020) con la finalidad permitir la inscripción de su agrupación política.
Sin embargo, no serían los únicos para nuestra mala suerte; recordemos que hay al menos 68 congresistas en ejercicio que están siendo investigados con denuncias por peculado, abuso de autoridad, coacción laboral, contaminación del ambiente, usurpación, estafa, lavado de activos y hasta homicidio.
Si efectivamente la comisión de Constitución se hace una logra implementar un reglamento que permita cumplir con el objetivo de la Ley, esperemos que, de ser culpables, enfrenten todo el peso de la ley. Y por favor esta vez elijamos mejores autoridades para representarnos. Al menos alguna sin denuncias ¿no?
Edición: Camila Villalobos