Democracia no es la ley de la mayoría, sino la protección de las minorías.
Albert Camus.
Tres partidos: Fuerza Popular (FP), APRA y APP. Un propósito: derogar parcialmente el Decreto Legislativo (DL) 1323, “Que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género”, para eliminar toda referencia a la violencia e identidad de género. Votos: 66 a favor y 29 en contra. Una vez más, somos testigos de un acto político que hace retroceder a nuestra sociedad, llevándose a cabo a medianoche, como tras bambalinas, en un fatídico intento por pasar desapercibido. Pero no vamos a ignorarlo ni olvidarlo, pues el 1323 no era cualquier DL.
No era cualquier DL, ya que fue el primero en fortalecer la lucha contra (y castigar tajantemente) la violencia de género.
- Primero, porque incluía como agravante del delito de homicidio, el móvil comprobado de intolerancia o discriminación por orientación sexual e identidad de género. Antes de este DL, los móviles contemplados como agravantes se limitaban a la intolerancia o discriminación por origen, raza, religión, factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural.
- Tercero, porque definía la discriminación e incitación a la discriminación por orientación sexual e identidad de género, como un delito.
En resumen, 69 congresistas se acaban de traer abajo el DL pionero para la protección de minorías con las cuales el Perú tiene una deuda moral dada la indiferencia normalizada hacia los crímenes de odio cometidos contra ellos. Hablo de los cuatro suicidios de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales (LGTBI) víctimas de discriminación en el 2014, de los 8 que en el 2015 fueron asesinados, varios de ellos torturados física y psicológicamente; y hablo también y 260 casos de violencia física a LGTBI en Lima, en el 2016. Vale mencionar que estas cifras no son oficiales: muchos casos ni siquiera se denuncian formalmente.
No era cualquier DL, pues desde el 5 de julio del 2013, la inclusión de intolerancia y discriminación por motivos de género y orientación sexual como agravantes de delitos penales tuvo que esperar casi cuatro años para ser aprobada. En la mencionada fecha tuvo lugar un pleno donde 56 congresistas votaron en contra y solo 27 a favor de dicha inclusión. Sin embargo, allá en el 2010, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhortó a los parlamentos a legislar en materia de Seguridad Ciudadana a favor de la protección de grupos vulnerables que fueran discriminados por su género, su discapacidad o su orientación sexual. Y nuestros Padres de la Patria no pudieron entenderlo en el 2013.
No era cualquier DL pues fue decretado por el Poder Ejecutivo (PE). Por primera vez en siete años, ¡Siete años!, desde la mencionada declaración de la CIDH, un presidente peruano se preocupó por alcanzar un benchmark internacional para la protección integral de los derechos humanos de toda clase de ciudadanos. Pero nuestro querido congreso la acaba de derogar porque, según el vocero de FP, el PE supuestamente no tenía facultades para legislar sobre violencia de género.
Sin embargo, con la Ley 30506 de Delegación de Facultades, Artículo 2.2 de Materia de Seguridad Ciudadana, inciso a), el Congreso otorgó facultades legislativas al PE para “Legislar en materia de seguridad ciudadana a fin de modificar la legislación penal y procesal penal y de ejecución penal con el objeto de revisar la regulación vigente del delito de feminicidio y sus agravantes, […] para combatir la violencia familiar y la violencia de género”. Si leer da Alzheimer, ser de FP, APRA o APP causa amnesia.
Entonces, si el PE legisló dentro de las facultades establecidas por la Ley elaborada por mismísimo Congreso ¿Por qué insistieron en un conflicto de “falta de facultades” hasta derogar este DL? ¿Es esta derogación otra demostración más de la voluntad de enfrentamiento político que tienen los grupos de legisladores mayoritarios contra el Presidente, a costa del bienestar de los peruanos? No lo sabemos a ciencia cierta. Pero lo que sí sabemos es que el actual gobierno no permitirá que un aparente conflicto de formas nos aleje a los peruanos de una realidad más democrática, compasiva y justa con todos; independientemente de nuestra identidad y/u orientación sexual.
Como bien dijo el propio MIMP, la derogación del DL 1323 contraviene a la jurisprudencia y mandatos internacionales de Derechos Humanos. Por ello, este Ministerio está comprometido con impulsar una norma para penalizar los actos de discriminación contra personas LGTBIQ. ¡Ahí nos vidrios el 1 de julio!