Recientemente se ha presentado el Proyecto de Ley N.° 8279/2023-CR, que promueve la inclusión de la enseñanza del idioma quechua como curso dentro de la educación básica regular. Es decir, de aprobarse la iniciativa, se enseñaría este idioma en los niveles de primaria y secundaria, ya que para los congresistas (padres de la patria) sugieren que a través de esta reforma se fortalecerá la identidad nacional, promoverá la preservación del idioma, así como su difusión en más personas.
Fuente: El Comercio
Pero, ¿estos argumentos son suficientes para que sea un curso obligatorio?
Como no es novedad, en nuestro país, muchas veces se reciclan los proyectos normativos y este -lamentablemente- no es la excepción. En años anteriores, se presentó el Proyecto de Ley N.° 3526/2022-CR cuyo objeto era declarar de interés nacional la incorporación de la enseñanza del idioma quechua como curso dentro del currículo de la educación básica nacional y que, en su momento, generó la división de la opinión pública.
De un lado, se encuentran posturas alineadas al nacionalismo, que buscan revalorizar este idioma, más aún si se concibe como -tal vez- la única herencia prehispánica que no se encuentra en ruina, y para que se conserve debe hablarse y escribirse desde los colegios para forjar una identidad nacional.
Aunado a ello, se debe considerar que, en el artículo N.° 2.19 de la Constitución Política del Perú señala que las personas tienen derecho a su identidad étnica y cultural. Además, que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Asimismo, señala que todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. En #facilito: a través de este artículo se garantiza que las personas accedan a los servicios públicos en su propio idioma; es decir, que la educación que se les imparta sea en su lenguaje, y que puedan desarrollarse ante órganos jurisdiccionales y del sector salud sin dificultades por su idioma.
Si bien el mencionado artículo señala que para asegurar la comunicación se debe contar con un intérprete, lamentablemente no en todos los casos se puede cumplir con ello. En efecto, en nuestro país, solo 45 establecimientos de salud; es decir, menos del 1% del total de centros cuentan con una acreditación del Ministerio de Salud para brindar atención con pertinencia cultural.
Esta situación podría significar que no todas las personas que hablan quechua puedan contar con una atención en establecimientos de salud en igualdad de condiciones. Por ejemplo: ¿qué sucedería si un paciente quechuahablante quiere comunicarse con un médico para describir sus síntomas y el doctor no lo entiende?, ¿se le daría el tratamiento adecuado?
De otro lado, se encuentra la postura en contra de la obligatoriedad, argumentando que con ello se anula todo augurio de éxito, dado que los alumnos no encontrarían motivación al tratarse de algo que -probablemente- no quieran aprender. Y, aunque no parezca, probablemente este argumento tendría sentido. De hecho, tiende a creerse que este idioma puede restringir el desenvolvimiento de la persona y que no resultaría del todo útil como lo es aprender el inglés, alemán, chino, entre otros. Incluso, muchos padres quechuahablantes dejan de enseñarles este idioma a sus hijos para que mejoren sus posibilidades de lograr el éxito económico, bajo la creencia que una persona que no se desenvuelve en castellano rechaza al mundo moderno, así como todo lo que puede ofrecer como lo es el “progresar”.
Teniendo en cuenta ambas posturas, ¿usted estaría de acuerdo con que sus hijos aprendan quechua en el colegio?
Edición: Cristóbal Contreras