Hace unos días fuimos testigos de un grave atentado contra la estabilidad jurídica del Perú. Lo más grave de ello, es que no fue producto de grupos o sectas -como tu mente quiera imaginarlo- ajena al necesario conocimiento jurídico; sino, por el contrario, provino del propio Congreso de la República ¿Qué tiene el Congreso que es tan cambiante?
Todos por ratos intentamos comentar temas coyunturales positivos -a ver si nos alegramos un poquito-; sin embargo, a menudo es imposible. Muchos no encontramos un sentido estructural a tantas cuestiones políticas que se desarrollan en nuestro país. Justamente, una de ellas es el tema de la cuarta legislatura, vinculada con el cambio de la Constitución Política en menos de un año –así nomás, rapidito-.
La barbarie que titularé “El asesinato perfecto de la estabilidad” tiene como protagonistas a nuestros/as Congresistas, aquellas personas ilustres y desarrolladas que intentan –todos los días, y sin falta– esbozar concepciones legislativas para hacer nuestras vidas más miserables llevaderas. Sobre todo, estos/as representantes nos deleitan -a quienes tenemos la curiosidad de verlos para nuestra desgracia– con una gran hermenéutica acompañada de harta dialéctica -ambos términos provenientes de tiempos antes de Cristo, pero tan inexistentes en nuestros representantes-.
Evidentemente, lo mencionado en el párrafo previo no es más que una mofa, a título personal (espero te haya sacado una que otra risilla).
Los padres de la patria dejan mucho que desear, pero -sin quitarles la culpa de su poca, o hasta nula preparación para asumir el cargo que hoy ostentan- son un claro panorama de nuestra sociedad que, en estas últimas elecciones, ha demostrado su brutal desconocimiento sobre nuestro sistema jurídico.
Trasladándonos a la parte jurídica del asunto que nos convoca, esto es el cambio express de la Constitución, la burda ignorancia que muestran algunos/as de nuestros representantes es, en muchos casos, gravísima. Todo empezó el 1 de junio de este año, fecha en la que se aprobó una “cuarta legislatura” a lo express, la cual comenzó el 13 de junio y culminará el 16 de julio. Esta es conocida como “legislatura extraordinaria”. Sin perjuicio de este acto, hartamente cuestionable, el fin de esta legislatura es para aprobar diversas reformas constitucionales que se habían discutido y aprobado en la Comisión de Constitución del Congreso previamente, como son la bicameralidad, la aprobación de la reelección de congresistas, entre otras.
Ahora bien, para demostrar este peligroso juego que atenta nuestra estabilidad, dividiendo una legislatura ordinaria para considerar a una legislatura express y con eso modificar la Constitución, es importante que sepamos cómo se aprueba una reforma constitucional. Para ello, el propio texto constitucional lo regula en el artículo 206:
Toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas. La ley de reforma constitucional no puede ser observada por el Presidente de la República.
La iniciativa de reforma constitucional corresponde al Presidente de la República, con aprobación del Consejo de Ministros; a los congresistas; y a un número de ciudadanos equivalente al cero punto tres por ciento (0.3%) de la población electoral, con firmas comprobadas por la autoridad electoral.
Constitución Política 1993
Atendiendo a lo citado y a los hechos indicados previamente, se deduce claramente que el Congreso pretendió modificar la Constitución, atentando contra sus propias disposiciones y sin debate sensato.
Ojo, seguro pensarás: “qué tiene una modificación, no hay rollo”. Pero no, se intentaron aprobar 12 reformas constitucionales, y en 28 años se han aprobado 24 reformas (el chiste se cuenta solo). Es más, reitero que nuestros/as representantes intentaban aprobar reformas constitucionales bajo una legislatura extraordinaria que no fue aprobada en una segunda votación, vulnerando claramente lo que indica la propia Constitución en su artículo 94 que es interpretado bajo la Sentencia 0006-2018-PI del Tribunal Constitucional y cuya consecuencia, como lo ha indicado el abogado Luciano López, invalidaría toda reforma que se apruebe durante la legislatura express. En resumen, un arroz con mango todo lo que ha hecho este bendito Congreso para lograr las reformas. #blessed.
Para nuestra suerte, a la fecha, muchas de las reformas planteadas no fueron aprobadas o discutidas en la legislatura ordinaria, por lo que solo quedará que nuestros/as representantes puedan debatirlos en la extraordinaria, pero ya no aprobarlos, pues no existe una legislatura más. Todo termina el 16 de julio, felizmente.
Sin embargo, por más que se vayan nuestros ilustres padres y madres de la patria, tengamos presente que la Constitución establece los mecanismos para su modificación y dichas disposiciones deben ser interpretadas según lo establecido por el Tribunal Constitucional. En ese sentido, es nuestro deber proteger la norma más importante de nuestra cadena jurídica, en tanto será nuestra Carta Magna la que nos proteja de aquellos “gobernantes” con tufillo de dictador.
Es importante, como ciudadanos que sepamos que la Constitución no puede ser modificada de una forma sencilla o veloz, pues aquello implica la desestabilización de todo nuestro sistema jurídico. Por el contrario, se requiere de un debate arduo que considere a todos los peruanos (por algo son nuestros representantes), pues seremos nosotros quienes cargaremos con las consecuencias.
Editado por Daniela Caceres