Desde accidentes de auto, mordidas de animales y caídas en centros comerciales por el piso mojado, el mundo de la responsabilidad extracontractual está plagado de casos paradigmáticos que buscan reparar el daño generado sin que en él se haya generado un incumplimiento contractual. A veces resueltos de forma eficiente y otras no tanto. En esta ocasión en Juris, desarrollaremos qué se entiende por responsabilidad extracontractual y cuáles deberían ser los criterios económicos que nuestros operadores de justicia deberían emplear para una decisión más eficiente.
Para empezar, tomemos en cuenta lo que dice nuestro Código Civil en el artículo 1969:
Es decir, para hablar de responsabilidad extracontractual es necesario que se configuren los siguientes elementos:
1.Aquel: Referido a todo sujeto de derecho
2.Culpa: No hay conciencia pero es previsible para una persona razonable
3.Dolo: Existe consciencia y voluntad de la persona
4.Causa: Nexo causal entre el acto atribuible y el resultado
Entonces, en tanto se cumplan con estas condiciones, la persona se encontrará obligada a responder a la indemnización. Un ejemplo: Elías es un extranjero ruso que vino de visita al Perú y para movilizarse alquila un auto. Un día mientras manejaba ve un mensaje en un cartel que había puesto Telefónica, pero al no entender el idioma sigue avanzando. Al paso que avanza cae en una fosa que personal de Telefónica estaba cavando, con lo cual les ocasiona daños graves a los trabajadores. ¿Elías asumiría responsabilidad extracontractual en el presente caso por los trabajadores afectados?
A este caso pasaremos más adelante, lo único que podemos dejar claro es que Elías vendría a ser un sujeto de derecho y que existe un nexo causal dado que de no ser por ese accidente, los trabajadores no hubieran sufrido ningún daño. Pero, ¿habría culpa?
Ahora, cuando hablamos de un análisis económico del derecho, no hacemos más que realizar un análisis consecuencialista de las respuestas adoptadas desde el derecho. Sobre todo, cuando se asimila que las decisiones brindadas desde el derecho tienen una repercusión en las decisiones económicas que ejerzamos. En un análisis económico existen diversas herramientas económicas que podríamos usar, sin embargo, en esta oportunidad solo usaremos dos que por excelencia se incluyen en cualquier estudio de distribución de riesgos. Estos son los costos de transacción y las externalidades. Los cuales podemos entenderlos de la siguiente manera:
Costos de transacción:
Para Renzo Saavedra puede tener dos sentidos: uno negativo y otro positivo. El primero se presenta cuando no se opera en un mercado perfectamente competitivo, asumiendo lo que se conocería como pérdida de oportunidad. En cambio, en un sentido positivo, es el costo está relacionado a tomar cierto curso de acción. Por ejemplo, el costo de obtener determinada información, de la toma decisiones y de la ejecución de está.
Externalidades:
Es el costo o beneficio desplazado a una persona que no ha incurrido en el costo de la actividad generada.Usualmente se producen por la simple interacción humana. Por ejemplo, cuando una empresa de extracción emite desechos tóxicos que contaminan el ecosistema de un pueblo aledaño. En este caso, claramente el pueblo no asume el costo directo de la actividad extractiva de la empresa, sin embargo estaría siendo perjudicado de forma indirecta al tener un ecosistema nocivo.
Volvamos al caso de Elías:
Ahora que tenemos las herramientas para realizar un análisis económico, es momento de aplicarlos al presente caso. Volvemos al mismo punto. ¿Elías tiene culpa? Pero,ahora para resolver el caso pensemos en estas dos herramientas.
Si Elías tuviera culpa:
Estaríamos asumiendo que una persona extranjera debe saber el idioma del país que visita para manejar, por lo que él debió aprender el idioma antes de venir. ¿se imaginan los costos de transacción que esto implicaría? Estaríamos obligando a que todo visitante que desee manejar en el Perú, sepa el idioma. Y más si pensamos en las externalidades, dado que ya existe un idioma universal de las señales de tránsito que se aplica de forma generalizada en todos los países. Al obligar a aprender a leer los letreros, no solo generaríamos distracciones a los conductores porque evidentemente toma más tiempo leer un mensaje, sino que relegaríamos un sistema de señales de tránsito que de por sí debió ser lo primero que debió pensar la empresa Telefónica antes de un cartel con un mensaje.
Si Elías no tuviera culpa:
Asumimos que él no tenía ninguna responsabilidad de ver el cartel con lo cual no existiría culpa. Evidentemente esto es coherente con un sistema de señales de tránsito universalizado que genera que toda persona pueda identificarlos fácilmente al margen de su idioma. Asimismo, es evidente que los costos de transacción disminuirían en comparación del primer caso cuando asumimos la responsabilidad de la empresa. Por un lado porque ella se encuentra en mejor posición para evitar riesgos futuros y más aún, con el costo más bajo porque en este caso, ella únicamente se encontraría en la obligación de colocar un cartel de señalización antes que un cartel escrito en situaciones futuras. Además, el caso ayudaría a que en las externalidades, la empresa asuma mayores diligencias cuando ejerza trabajo de instalación.
¿Cuál es la utilidad de todo esto?
Bueno, un análisis tan sencillo como este nos ayuda a distribuir mejor los daños que sufrimos y a tomar una posición más activa ante una situación de conflicto que podamos vivir. Por ejemplo cuando sufrimos un accidente.¿Se cumplen los requisitos del artículo 1969 que me hace acreedor de una indemnización?; y para determinar la culpa, ¿quién nos genera los menores costos de transacción y reduce las externalidades? Estas preguntas sencillas nos permiten dar respuestas más eficientes al momento de determinar las responsabilidades y la redistribución del daño ejercido. Esto evidentemente, permite que antes de ir a un proceso judicial o un arbitraje poder transar con nuestra contraparte (lo cual sinceramente es lo más conveniente que podríamos hacer) y es precisamente, esta última etapa lo que más se necesita es ser un buen negociador y sin una buena base económica, las respuestas pueden resultar insuficientes para ti, para la contraparte o incluso para el mismo sistema.
Edición: Raisa Escudero